jueves, 16 de junio de 2011
miércoles, 15 de junio de 2011
A quien pueda explicarnoslo...
No lo entiendo. A una trabajadora del ayuntamiento, que está cubriendo 1/3 de jornada, que en sus parámetros de bolsa, es hasta un 50% y por la tarde, le cambian el horario, porque la que hace los 2/3 tiene conciliación familiar, y se empeña todo el mundo, que la que tiene el 1/3 y ahora tendría que trabajar por la mañana, renuncie (eso sí, sin penalizarle en la bolsa). Entendemos que no tiene que renunciar, que le han cambiado el horario, no lo ha elegido ella. Y de esta manera, si renuncia, no tiene derecho a paro.
Hasta ahora, las personas que cubrían la plaza, tenían que ponerse de acuerdo para el cambio de horario. Según esto, ya no es así.
En Función Pública, no tienen constancia de ese cambio de horario.
La persona de 1/3 se reincorpora mañana a su puesto, por la tarde, que es lo que dice su contrato. Pero es su departamento el que le va a comunicar por escrito, ese cambio de horario. ¿no lo tiene que hacer Función Pública?
Lo dicho, no entiendo nada.
Hasta ahora, las personas que cubrían la plaza, tenían que ponerse de acuerdo para el cambio de horario. Según esto, ya no es así.
En Función Pública, no tienen constancia de ese cambio de horario.
La persona de 1/3 se reincorpora mañana a su puesto, por la tarde, que es lo que dice su contrato. Pero es su departamento el que le va a comunicar por escrito, ese cambio de horario. ¿no lo tiene que hacer Función Pública?
Lo dicho, no entiendo nada.
lunes, 13 de junio de 2011
Sentencia contra el Ayuntamiento!
Recientemente ha salido la sentencia del Recurso Contencioso-Administrativo presentado por esta Sección Sindical, contra el decreto del Equipo de Gobierno respecto a no complementar las bajas, y que hemos ganado.
Queda pendiente, si el Ayuntamiento recurrirá o no.
Seguiremos informando.
Un saludo
Queda pendiente, si el Ayuntamiento recurrirá o no.
Seguiremos informando.
Un saludo
Suscribirse a:
Entradas (Atom)